¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO DESCANSOS? cuando la duración de la jornada diaria continuada supere de 6 horas, tienes derecho a un período de descanso de 20 minutos (mínimo, y como tiempo de trabajo efectivo en tu lugar de trabajo, el momento de descanso lo fija el empresario). Tienes derecho a un descanso semanal de, al menos un día y medio ininterrumpido (o 2 días si hay una plantilla de más de 25 trabajadoras). Que no te líen con los plazos porque el tiempo de trabajo se computará mientras que estés en su puesto de trabajo, aunque estés sin hacer nada. Recuerda siempre que el empresario tiene que respetar un mínimo de 12 horas entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente.